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Agricultura ecológica: modalidad de agroforestería pecuaria

PROYECTO

“Enfoques Silvopastoriles Integrados para el Manejo de Ecosistemas”

Para hacer frente a los efectos devastadores del cambio climático

Los sistemas silvopastoriles son una modalidad de agroforestería pecuaria que combina los pastos para ganadería con árboles y arbustos. Estos sistemas cumplen algunas funciones de los bosques naturales porque poseen vegetación permanente con raíces profundas y un dosel denso. Son una alternativa real al tipo de ganadería que prevalece en América Latina, generan servicios ambientales y mejoran la calidad de vida de los productores y de las familias que dependen de las fincas ganaderas para su sustento.

El proyecto “Enfoques Silvopastoriles Integrados para el Manejo de Ecosistemas” forma parte de una serie de acciones coordinadas que países y organizaciones mundiales como las Naciones Unidas han emprendido para enfrentar los efectos devastadores del cambio climático.

El Proyecto permitirá conocer los cambios que ocurren en los depósitos de carbono, la biodiversidad y la calidad del agua en las fincas ganaderas cuando los pastizales convencionales son transformados en sistemas silvopastoriles dentro de un manejo integrado del paisaje.

Esta iniciativa busca demostrar que es posible lograr cambios en las formas y métodos de producción convencionales de las fincas ganaderas que causan impactos ambientales negativos, si se compensa a los productores por los servicios ambientales que generan a través de estos cambios tecnológicos.

Los objetivos del Proyecto son:

* Evaluar el potencial de los sistemas silvopastoriles intensivos para ofrecer servicios ambientales globales y beneficios socioeconómicos a las fincas y comunidades.

* Desarrollar incentivos y mecanismos que beneficien a las fincas y a las comunidades por los servicios ambientales de conservación de la biodiversidad y captura de carbono.

* Preparar lineamientos de políticas para la intensificación sostenible de la producción ganadera y hacer recomendaciones concretas a políticas sectoriales y ambientales sobre el uso de la tierra y servicios ambientales.

Las siguientes actividades permitirán lograr los objetivos propuestos:

  1. Capacitación

    * Entrenamiento y asistencia técnica a los participantes

    * Fortalecimiento de la capacidad técnica de las organizaciones locales

    * Elaboración de comunicaciones sobre manejo integrado de ecosistemas y desarrollo de sistemas sostenibles de producción ganadera

 
  1. Monitoreo de servicios ambientales

    * Mejoramiento de la información sobre el potencial de los sistemas silvopastoriles para proporcionar servicios ambientales y beneficios económicos

  2. Incentivos para Eco-Servicios (Fondo para Eco-Servicios)

    * Experiencia en los mecanismos y las respuestas de los beneficiarios a los incentivos por conservación de la biodiversidad y captura de carbono

  3. Formulación de políticas y apoyo a la toma de decisiones

    * Diseño de lineamientos de políticas ambientales sobre agroecosistemas

    * Apoyo técnico para el diseño de reglamentos específicos que limiten los impactos negativos de la ganadería convencional y estimulen el cambio hacia la ganadería sostenible

Organizaciones ejecutoras

Las actividades del proyecto de sistemas silvopastoriles se llevarán a cabo en Costa Rica, Nicaragua y Colombia con una organización ejecutora en cada país: el Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza (CATIE), el Instituto Nitlapán y el Centro para la Investigación en Sistemas Sostenibles de Producción Agropecuaria (Fundación CIPAV) respectivamente

Contribuyentes económicos: El Banco Mundial - El Fondo para el Medio Ambiente Mundial (Global Environmental Facility, GEF, en inglés) - La Iniciativa Ganadería, Ambiente y Desarrollo (LEAD por sus siglas en inglés) un proyecto interinstitucional con secretaría en la FAO

Apoyo Técnico: Corporación Autónoma del Valle del Cauca (CVC) - Corporación Autónoma del Quindío (CRQ) - American Bird Conservancy (ABC) - Asociación Calidris

  Más información sobre este artículo....        Errores que cometemos en el huerto        Biocombustibles       Cosas de ovejas      Proyecto de ley de arrendamientos rústicos

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ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS

 

EL PROYECTO DE LEY DE ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS PROMOVERÁ LA COMPETITIVIDAD DE LAS EXPLOTACIONES Y EL RELEVO GENERACIONAL

 

 

El Consejo de Ministros aprobó el 18 de marzo de 2.005 el Proyecto de Ley de Arrendamientos Rústicos, que introducirá importantes modificaciones en la normativa vigente con objeto de lograr un desarrollo rural armónico, tomando para ello muy en cuenta los aspectos económicos, sociales y humanos existentes en las relaciones sobre arrendamientos.

Este nuevo marco legal facilitará la movilización de tierras y recursos agrarios, e incentivará la profesionalidad agraria de los arrendatarios, potenciando así la viabilidad de las explotaciones en general, y muy singularmente las explotaciones familiares.

El texto aprobado define la figura del agricultor profesional, estableciendo que los arrendamientos podrán realizarse entre personas físicas o jurídicas, pudiendo ser arrendatarias las cooperativas agrarias, las
cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, las sociedades agrarias de transformación y las comunidades de bienes.  

 

 

 

PERIODO MÍNIMO DE ARRENDAMIENTO

Con objeto de promover la movilización de tierras y recursos agrarios, se amplía el periodo mínimo de duración del arrendamiento a cinco años, plazo que permite rentabilizar en términos económicos la explotación agraria, evitando los riesgos que comportan los arrendamientos por periodos más cortos, que pueden propiciar medidas de laboreo encaminadas a optimizar en muy poco tiempo un beneficio, pudiendo producirse la esquilmación de la tierra.

Con este aumento del tiempo mínimo de arrendamiento se conseguirá, por tanto, que el arrendatario disponga de tiempo suficiente para establecer las rotaciones de cultivo necesarias, en la orientación que la Reforma de la PAC da a la explotación agraria. Igualmente se facilitará la amortización de las inversiones realizadas, y la percepción de muchas líneas de ayudas que, como en el caso de las comunitarias para la mejora de las explotaciones, exigen a los perceptores compromisos de mantener un mínimo de cinco años la actividad que ha sido subvencionada.

 

EXTENSIÓN DEL ARRENDAMIENTO

Para evitar la acumulación de grandes superficies de arrendamiento en manos de un solo arrendatario, situación que iría en detrimento de la movilidad de tierras, se restablecen los límites en la extensión del arrendamiento. De esta forma las personas físicas que sean ya titulares de una explotación agraria, o de varias, tendrán una cierta limitación en las superficies objeto de contrato, que será definida por las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, no pudiendo en cualquier caso superar las 500 hectáreas de secano o 50 ha de regadío, fijándose un límite máximo de 1000 ha cuando se trate de una finca para aprovechamiento ganadero en régimen extensivo.

En caso de arrendamiento por parte de cooperativas agrarias y cooperativas creadas para la explotación comunitaria de la tierra, el límite antes citado se multiplicará por el número de miembros que las compongan.

Si bien la relación contractual entre arrendadores y arrendatarios se contempla de forma suficientemente abierta y flexible, de forma que las particularidades que puedan ir surgiendo pueda ser pactada por las partes interesadas, se establece para el arrendatario la obligación de respetar los cerramientos o cercados del predio arrendado, si separan dos o mas fincas integradas en una misma unidad de explotación.

No obstante, y con el fin de atender las necesidades de las personas con discapacidad y mayores de 70 años, los arrendatarios podrán realizar mejoras que consistan en la realización de obras de accesibilidad en los edificios situados en la finca que sirvan de vivienda.

 

TANTEO Y RETRACTO

Otra de los aspectos destacados del nuevo proyecto de ley es la introducción del derecho de tanteo y retracto, que posibilitará la adquisición de nuevas tierras, determinándose las condiciones y plazos para ejercitar el derecho de adquisición o retracto.

La nueva normativa potencia en general la figura del agricultor profesional, de forma muy amplia, para propiciar la posibilidad de integrarse en la actividad agraria a nuevos colectivos, dando prioridad a la incorporación de agricultores jóvenes, con el fin de lograr un objetivo primordial, la renovación generacional del sector.

 
 
 
 
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