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Subvenciones
para la contratación de Seguros Agrarios
¿Quién subvenciona los Seguros Agrarios?
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, concede subvenciones, al pago de las primas, a los asegurados que suscriban pólizas de los Seguros incluidos en el Plan de Seguros Agrarios.
¿Tengo que solicitar la subvención?
No es necesario solicitar la subvención, puesto que se descuenta en el mismo momento de realizar la póliza, sin necesidad de ningún trámite adicional, de tal forma que el asegurado solo tendrá que abonar la diferencia. Únicamente ha de facilitar a su tomador o a la entidad aseguradora los documentos que le reclamen,
¿Como se subvenciona?
La subvención se aplica sobre el coste del seguro una vez deducidas las bonificaciones y descuentos que se establezcan. Esta subvención se compone de cuatro tramos denominados: subvención base, subvención por contratación colectiva, subvención adicional y subvención por modalidad de contratación. Para lo cual se establece tres Grupos de líneas de seguro a las que se adjudican diferentes porcentajes.
| La subvención base se aplica a todos los asegurados y alcanza el 8%, 13% ó 22%, dependiendo de la línea contratada. | |
| La subvención por contratación colectiva es del 5% en todos los Grupos y se aplica siempre que el tomador del colectivo se encuentre inscrito en el Registro de Tomadores. | |
| A la subvención adicional puede accederse si se reúne alguno de los siguientes requisitos: |
| Ser agricultor o ganadero profesional, de conformidad con lo definido en la Ley 19/95, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, y se encuentre afiliado y cotizando al Régimen Especial Agrario o al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. | |
| Ser titular de una explotación calificada como prioritária por el Órgano competente de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con los criterios establecidos a tal efecto en la mencionada Ley 19/95 | |
| Ser socio de una Organización de Productores que esté constituida al amparo de lo dispuesto en los diversos Reglamentos Comunitarios por los que se regulan las Organizaciones Comunes de Mercado (OCM) |
Los porcentajes de subvención son del 5% en el primer Grupo y del 14 % en los dos siguientes.
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Para las diferentes modalidades de contratación se establecen las siguientes subvenciones:
| Para las Pólizas Multicultivo se añade un 2% en todos los Grupos | |
| Para las Pólizas Plurianuales se añade un 2% para todos los Grupos en el 1º año y un 4% en los años sucesivos. | |
| Para los Seguros de Explotaciones ó de Rendimientos se añade un 4% en todos los Grupos. | |
| Para la Póliza
de Carácter Colectivo de Plátano se añade un 4%. |
¿Subvencionan las Comunidades Autónomas?
Los Departamentos de Agricultura de todas las Comunidades Autónomas subvencionan los Seguros Agrarios, acumulando los porcentajes que ellas conceden a los que establece el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Debido a que cada Comunidad subvenciona con diferentes cuantías la contratación del seguro, es necesario que se informe para conocer los porcentajes que serán aplicados en su póliza.
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