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HORMONAS DEL CRECIMIENTO

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Los científicos comunitarios confirman que las
hormonas promotoras del crecimiento suponen riesgo para la salud humana |
Tras la revisión de
17 estudios científicos, el Comité Científico de la UE ha confirmado
que el uso de hormonas como promotores de crecimiento en los animales de
producción implica un riesgo potencial para la salud del consumidor.
Ahora será el Consejo el que deberá tomar una opinión al
respecto.
Esta es la tercera
opinión que el Comité emite al respecto, y no ha habido ninguna variación
en relación a las emitidas en 1999 y 2000. Estos últimos17
estudios que han sido analizados por los expertos comunitarios fueron
promovidos por la Comisión con el fin de responder a los requerimientos
de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que consideraba que existían
ciertos vacíos científicos para sustentar la prohibición de la UE de
importar carne procedente de animales tratados con estas hormonas. Los
estudios han ido dirigidos a analizar los aspectos toxicológicos, abusos
potenciales, problemas de control y aspectos medioambientales de seis
hormonas: 17 beta oestradiol, progesterona, testosterona, zeranol, acetato
de trembolona y acetato de melengestrol y sus metabolitos.
El Comité ha hecho
especial hincapié en el acumulo de ésteres lipoidales estables en grasas
animales. Asimismo, se ha confirmado que el 17 beta oestradiol tiene
potencial mutagénico y genotóxico y se ha identificado la
biotransformación compleja en la trembolona, zeranol y melengestrol. Los
datos experimentales y epidemiológicos fueron evaluadas viendo posibles
consecuencias sobre la incidencia de casos de cáncer ligadas a una
exposición prenatal y perinatal a las hormonas.
En 1998 la UE
prohibió el uso del 17 beta oestradiol, testosterona, progesterona,
zeranol, acetato de trembolona y acetato de melengestrol como promotores
del crecimiento en animales de producción. Esta prohibición se aplica
tanto a los Estados Miembro como a las importaciones de terceros países.
Los EEUU y Canadá
denunciaron esta medida en 1997 ante la OMC, alegando que la prohibición
no estaba en la línea del Acuerdo sobre Aplicación de Medidas Sanitarias
y Fitosanitarias. El Cuerpo de Apelación de la OCM dictaminó que la
prohibición no se había realizado basándose en estudios relevantes
sobre el riesgo sobre la salud humana. La UE llevó a cabo estos estudios
de evaluación con estas seis hormonas del crecimiento. En base a los
mismos, el Comité Científico sobre medidas Veterinarias relativas a la
Salud Pública indicó, tanto en abril de 1999 como en mayo de 2000 (y
como acaba de hace ahora), que dichas hormonas suponen un riesgo para la
salud humana. En consecuencia, en mayo de 2000 la Comisión dictaminó la
prohibición definitiva del 17 beta oestradiol y prorrogó la prohibición
provisional de las otras cinco hormonas, hasta disponer de una mayor
información científica, lo que significaría que algunas de estas
sustancias podrían ser autorizadas solo para fines terapéuticos o zootécnicos
bajo determinadas condiciones.
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